Alejandro Gertz Manero formalizó este jueves su salida de la Fiscalía General de la República (FGR). En un oficio enviado al Senado, informó que la presidenta Claudia Sheinbaum lo propuso como Embajador de México en un “país amigo” y pidió iniciar el proceso para ratificar su nombramiento diplomático.
“Hago de su conocimiento que la Titular del Poder Ejecutivo Federal, Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, me ha propuesto como Embajador de México ante un país amigo, lo cual se está tramitando en este momento (...) razón por la cual, a partir de esta fecha y con todos los efectos legales que correspondan, me estoy retirando de mi actual cargo como Fiscal General de la República”, se lee en el documento dirigido a la presidenta del Senado, Laura Itzel Castillo.
La confirmación de su retiro llega después de un día de rumores y especulaciones sobre su presunta renuncia como titular de la Fiscalía. Gertz Manero desempeñaba el cargo desde 2019 y su mandato debía extenderse originalmente hasta el 2028.
En medio del revuelo por la noticia, surge una pregunta clave en todo este proceso: ¿cómo se elegirá ahora a la persona que lo sustituiría como fiscal?
El fundamento legal para el nombramiento del titular de la FGR se encuentra en el Artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Según este artículo, para ser nombrado Fiscal General es necesario cumplir con ciertos requisitos:
En caso de renuncia o remoción, el proceso inicia en el Senado de la República. La Cámara Alta dispone de un plazo de 20 días para elaborar una lista de al menos 10 candidatos que cumplan con los requisitos constitucionales. Dicha lista debe aprobarse por el voto de dos terceras partes de los senadores presentes.
Una vez enviada esta lista al Poder Ejecutivo, el Presidente de la República debe reducirla a una terna de tres candidatos, en un plazo máximo de 10 días, y remitirla nuevamente al Senado. Una vez recibida la terna, el Senado convoca a comparecer a los aspirantes y, dentro de otros 10 días, realiza la votación final.
Para que alguien resulte designado Fiscal General, se requiere el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes.
Si el Ejecutivo no envía la terna en el plazo indicado, el Senado puede designar directamente a una persona de la lista original. Por otro lado, si el Senado no emite designación en tiempo, la ley prevé la posibilidad de que el Presidente nombre provisionalmente al fiscal, hasta que se cumpla el proceso regular.
Por ahora no existe una terna formal ni aspirantes definidos para encabezar la FGR, aunque ya se mencionan varios perfiles potenciales para tomar el lugar de Gertz Manero como fiscal del país.
Entre los posibles sucesores destacan:
No obstante, en el caso de Godoy, la funcionaria podría no ser elegible debido a que hasta el 30 de septiembre de 2024 era senadora de la República.
