Un fallo judicial reciente ordenó al gobierno de Donald Trump definir, en un plazo concreto, de qué manera reparará la remoción de 137 venezolanos que el tribunal consideró inconstitucional. La decisión abrió la puerta a que algunos de esos hombres puedan regresar a territorio estadounidense o, al menos, acceder a audiencias que nunca tuvieron.
La orden fue emitida por el juez federal James Boasberg, quien analizó la situación de 137 ciudadanos venezolanos deportados a El Salvador en marzo y recluidos durante meses en el Centro de Confinamiento del Terrorismo (Cecot), una prisión de máxima seguridad conocida por sus condiciones extremas.
Según determinó el magistrado, ese grupo específico integra una “clase” de demandantes que fue expulsada bajo la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798, sin haber recibido garantías básicas del debido proceso.
Estos hombres formaron parte de un contingente mayor, de más de 200 venezolanos enviados a El Salvador en ese mismo período. Sin embargo, no todos quedaron alcanzados por la resolución judicial, ya que algunos fueron deportados mediante procedimientos migratorios tradicionales.
Los 137 incluidos en el fallo fueron aquellos removidos directamente bajo la proclamación presidencial que los identificó como presuntos integrantes de la banda Tren de Aragua.
CBS News explicó que todos los venezolanos detenidos en el Cecot fueron liberados durante el verano boreal y enviados nuevamente al país bolivariano en el marco de un canje de prisioneros negociado por Estados Unidos. A pesar de ese regreso, el juez consideró que la controversia seguía vigente porque la expulsión original violó derechos constitucionales.
A partir de la resolución, los potenciales beneficiarios del fallo son aquellos 137 venezolanos que cumplieron tres condiciones simultáneas: fueron deportados en marzo bajo la Ley de Enemigos Extranjeros, permanecieron detenidos en el Cecot y no recibieron ninguna audiencia para cuestionar su remoción ni las acusaciones en su contra.
Dentro de ese grupo, las investigaciones periodísticas revelaron un dato relevante. Tras acceder a la lista oficial de deportados del 15 de marzo, CBS News y el programa “60 Minutes” comprobaron que muchos de los nombres no registraban antecedentes penales aparentes ni en Estados Unidos ni en otros países. Ese hallazgo puso en duda la narrativa oficial que los describió como criminales peligrosos, terroristas o miembros confirmados de una pandilla transnacional.
El remedio judicial no se limitó a una declaración simbólica. Boasberg ordenó al Gobierno que, en un plazo de dos semanas, presente un plan concreto para “deshacer los efectos” de la remoción ilegal. El objetivo, según explicó el tribunal, es restaurar la capacidad de los demandantes para litigar sus casos como si nunca hubieran sido expulsados.
En términos prácticos, la orden judicial estableció varias posibilidades:
Para el juez, si el Gobierno no habilita alguna de estas vías, la declaración de ilegalidad carecería de sentido práctico, ya que los hombres ya se encuentran nuevamente en Venezuela. La administración tiene hasta el 5 de enero para explicar cómo ejecutará las acciones.